Depositar correctamente la fianza

¿Cómo se deposita correctamente la fianza de un alquiler en Andalucía? 

La mayoría de los arrendadores ponen en alquiler sus viviendas, convienen un precio con el inquilino y, además del pago inicial de la renta, exigen, como les da derecho y les obliga la ley, una fianza. ¿Pero cuántos lo hacen conforme se estipula legalmente? Probablemente, muy pocos, en parte por incomodidad, en parte por desconocimiento.

Dado que nuestro despacho Zapata | Abogado se ubica y ofrece sus servicios en Málaga, explicaremos cómo debe realizar este trámite un propietario cuya vivienda se encuentre emplazada en la provincia. En Andalucía se aplica una disposición contemplada en el Decreto 218/2005 que busca salvaguardar tanto a los arrendatarios como a los dueños, asegurando el adecuado empleo y mantenimiento del bien inmueble, así como la eventual compensación por perjuicios ocasionados durante la ocupación.

¿Qué organismo se encarga de ello?

La Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), vinculada a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, tiene dentro de sus responsabilidades la administración de las garantías económicas asociadas a contratos de arrendamiento de viviendas e inmuebles destinados a otros fines, así como los contratos de suministro de agua, gas y electricidad formalizados en la Comunidad Autónoma Andaluza. El área de Fianzas se encarga de llevar a cabo esta función, ofreciendo orientación e información a la población acerca de los trámites relacionados con las fianzas de alquiler. Con este propósito, facilita los recursos necesarios para que quienes deban realizar los depósitos de garantía puedan cumplir con esta obligación de manera sencilla.

¿Cómo debemos presentar el depósito de la fianza?

1 Proceder a la formalización del modelo 806, teniendo en cuenta que no es necesario completar todas las casillas de manera obligatoria. Resulta relevante destacar que aquellas casillas que están sombreadas se completarán automáticamente al validar el documento.

2 Contar con el contrato de arrendamiento o de subarriendo, los datos identificativos del arrendador y del arrendatario y la referencia catastral del inmueble.

3 Presentar el modelo 806 cumplimentado, donde se hará constar los datos anteriormente enumerados, la renta, el incremento pactado si lo hubiere, etc. La presentación se hará a través del certificado digital o presencialmente.

3 Depositar el pago en el plazo de un mes, a partir del cual se sancionará al usuario.

¿Hay alguna consecuencia si no se deposita la fianza?

El incumplimiento del depósito de la fianza de alquiler puede considerarse como una infracción grave, sujeta a una sanción económica que oscila entre 60€ y 3600€. Esta obligación debe atenderse una vez que se ha iniciado un procedimiento de inspección.