Arraigo social en Málaga
Te contamos en qué consiste y cómo solicitar el arraigo social para residentes en Málaga
Arraigo social en Málaga
Si te encuentras como residente extranjero en Málaga y buscas tramitar el arraigo social, debes saber que la normativa de extranjería, en específico la Ley Orgánica 4/2000 del 11 de enero, regula la integración social de los extranjeros en España. Seguidamente te orientamos sobre los requisitos y los pasos a seguir para gestionar este trámite que posibilita obtener un permiso legal de residencia temporal en España debido a circunstancias excepcionales.
Requisitos para solicitar el arraigo social en Málaga, Andalucía
No ser ciudadano de la Unión Europea, ni del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
No tener prohibida la entrada en España.
Carecer de antecedentes penales.
No estar dentro del periodo de compromiso de no retorno a España.
Haber permanecido en territorio español de manera continua durante 3 años (con ausencias no superiores a 120 días).
Poseer vínculos familiares con otros extranjeros residentes, respaldado por un informe de integración social emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento del lugar de residencia habitual.
Contar con un contrato de trabajo vigente que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o ser trabajador autónomo.
Cómo solicitar el arraigo social sin empleo
En caso de carecer de empleo, debes demostrar la creación de tu propia empresa o trabajar como autónomo, adjuntando un Plan de Empresa detallado. Es crucial especificar la naturaleza del negocio y su público objetivo, así como demostrar los recursos económicos para su establecimiento, asegurando ingresos mínimos de 600€ mensuales.
Asimismo, puedes solicitar el arraigo social si dispones de recursos económicos suficientes, propios o de un familiar, que garanticen tu sustento sin necesidad de trabajar. En este caso, se requiere un informe de Inserción Social de una administración pública competente que respalde la concesión.
Pasos para tramitar la solicitud
Completar el formulario oficial EX-10 en duplicado y adjuntar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Si no la posees, completar el modelo EX-17 para solicitarla.
Aportar la documentación que respalde tu situación personal, laboral y económica, según lo descrito anteriormente.
Abonar la tasa correspondiente en un plazo de diez días hábiles desde la admisión del trámite, utilizando el Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5 "autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales".
Presentar la solicitud de manera presencial en cualquier Oficina de Extranjería de Málaga.
Es importante tener en cuenta que la administración responderá en un plazo de 3 meses desde la presentación del trámite. La falta de respuesta en ese periodo se interpretará como desestimación por silencio administrativo.
Este tipo de trámites pueden hacerse por uno mismo sin la necesidad de un profesional; sin embargo, es muy frecuente que se cometan errores que pueden postergar la obtención del arraigo social y que comprometen la estancia en España. Si quieres que Zapata | Abogado lo haga por ti, puedes contactarnos por Whatsapp y estaremos encantados de ayudarte: